ÉXODO 21:1-23:9 EL MAYOR MANDAMIENTO
No recuerdo haber encontrado a alguien
en alguna iglesia que hablara mal de Dios, o que se enfadara con Él por
cualquier cosa, o que lo criticara constantemente. Al parecer casi todo el
mundo tiene bien claro que a la iglesia se va a adorar a Dios y a mostrar el
amor que se tiene por Él. Tal vez eso sea algo que se asume. Pero no recuerdo
haber estado en alguna iglesia, en la que alguien o muchas veces varios “alguien”
no estuvieran disgustados con alguna persona, o que criticaran a otros, o que no
hablaran mal de alguien.
Cuando era joven tuve el privilegio de
servir como pastor laico en varias congregaciones. En particular recuerdo una iglesia
no muy numerosa en la que dos familias, que además estaban emparentadas entre ellas,
constituían casi el 70 % de la congregación. Eran personas fieles y mostraban
amar al Señor. Sin embargo, el decano de la familia tenía una lengua muy aguda
y venenosa que usaba con gran maestría, haciendo “comentarios inocentes”. El
pastor que había estado al frente de aquella congregación decidió marcharse a otra
iglesia, justo por no poder soportar más algunas cosas y comentarios de aquel
caballero.
Los hijos del pueblo de Israel no solo
tenían que reconocer la Santidad de Dios y adorarlo a Él y solo a Él, sino que
también tenían que mantener buenas relaciones entre ellos. Este es el motivo
por el cual el Señor dio instrucciones claras relativas a: la esclavitud, las
lesiones, el robo, la seducción, los delitos criminales, la protección a los
desvalidos, la honestidad y la justicia, entre otras cosas. Recordemos que, en los
Diez Mandamientos, los primeros cuatro se concentran en la relación de Israel
con Dios (Éxodo 20:1-11), y los próximos seis se concentran en las relaciones
de unos con otros (Éxodo 20:12-17).
Muchos siglos más tarde, cuando uno de
los fariseos le preguntó a Jesús que cuál era el mandamiento más importante, Él
le dio una respuesta que fue desconcertante para el fariseo: Ama a Dios
primero, y ama a tu semejante después (Mateo 22: 37-40).
Muchas veces, pasamos por alto estos tres
capítulos de Éxodo y rara vez predicamos sobre ellos, a pesar de la tremenda
importancia que tienen, por lo que he decidido detenerme brevemente en ellos
para que puedas captar la belleza y la profundidad de las enseñanzas de que los
mismos encierran.
PENSAMIENTO INICIAL:
Para evaluar la madurez de nuestra relación con Dios, debemos evaluar las características de las relaciones entre nosotros
Para evaluar la madurez de nuestra relación con Dios, debemos evaluar las características de las relaciones entre nosotros
PASAJE BÍBLICO:
ÉXODO 21:1-23:9
Éxodo 21:1-36
1 Estas son las
leyes que les propondrás. 2 Si
comprares siervo hebreo, seis años servirá; más al séptimo saldrá libre, de
balde. 3 Si entró solo, solo
saldrá; si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él. 4 Si su amo le hubiere dado mujer, y ella
le diere hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
5 Y si el siervo dijere: Yo
amo a mi señor, a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre; 6 entonces su amo lo llevará ante los
jueces, y le hará estar junto a la puerta o al poste; y su amo le horadará la
oreja con lesna, y será su siervo para siempre. 7 Y
cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá ella como suelen salir los
siervos. 8 Si no agradare a su
señor, por lo cual no la tomó por esposa, se le permitirá que se rescate, y no
la podrá vender a pueblo extraño cuando la desechare. 9 Mas si la hubiere desposado con su
hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas. 10 Si tomare para él otra mujer, no
disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal. 11 Y si ninguna de estas tres cosas
hiciere, ella saldrá de gracia, sin dinero. 12 El
que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá. 13 Mas el que no pretendía herirlo, sino que
Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir. 14 Pero si alguno se ensoberbeciere
contra su prójimo y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que
muera. 15 El que hiriere a su
padre o a su madre, morirá. 16 Asimismo
el que robare una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos,
morirá. 17 Igualmente el que
maldijere a su padre o a su madre, morirá. 18 Además,
si algunos riñeren, y uno hiriere a su prójimo con piedra o con el puño, y éste
no muriere, pero cayere en cama; 19 si
se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será absuelto el que
lo hirió; solamente le satisfará por lo que estuvo sin trabajar, y hará que le
curen. 20 Y si alguno hiriere
a su siervo o a su sierva con palo, y muriere bajo su mano, será castigado; 21 más si sobreviviere por un día o dos,
no será castigado, porque es de su propiedad. 22 Si
algunos riñeren, e hirieren a mujer embarazada, y ésta abortare, pero sin haber
muerte, serán penados conforme a lo que les impusiere el marido de la mujer y
juzgaren los jueces. 23 Mas si
hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida, 24 ojo
por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25 quemadura por quemadura, herida por herida,
golpe por golpe. 26 Si alguno
hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sierva, y lo dañare, le dará
libertad por razón de su ojo. 27 Y
si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su
diente le dejará ir libre. 28 Si
un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será
apedreado, y no será comida su carne; más el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey fuere acorneador desde
tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado,
y matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño. 30 Si le fuere impuesto precio de
rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto. 31 Haya acorneado a hijo, o haya
acorneado a hija, conforme a este juicio se hará con él. 32 Si el buey acorneare a un siervo o a
una sierva, pagará su dueño treinta siclos de plata, y el buey será apedreado. 33 Y si alguno abriere un pozo, o cavare
cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno, 34 el dueño de la cisterna pagará el
daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo. 35 Y si el buey de alguno hiriere al buey
de su prójimo de modo que muriere, entonces venderán el buey vivo y partirán el
dinero de él, y también partirán el buey muerto. 36 Mas
si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo
hubiere guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.
ANALIZANDO ESTE
PASAJE BÍBLICO:
Los principios básicos
para la vida piadosa impuestos a todos los que estaban en la relación de pacto
con Dios fueron expuestos en el cap. 20, donde el Señor procedió a tratar con el mantenimiento de
la justicia dentro de la familia de Israel. Ahora en el capítulo 21 se
refiere a los delitos punibles con la pena de muerte, y establece los
estándares de una verdadera justicia en el cumplimiento de las penas impuestas
sobre los malhechores.
Ten muy presente que esto que estamos viendo aquí es
que Dios está instruyendo a Su pueblo para guiarlo correctamente. Esta era una
gran congregación que había sido víctima de la tiranía egipcia y a quienes sus antiguos
señores egipcios habían instruido incorrectamente sobre estos asuntos.
Fue el propio Dios el que estableció estas pautas en
las que ocupa un lugar prominente el principio de la dignidad y el respeto que
debe tenerse en una nación de creyentes, en la que todos gozan de una posición igual
ante el Señor que los había redimido de la esclavitud extranjera.
Todos los miembros de la comunidad de Israel eran
preciosos ante Sus ojos, y sus derechos debían ser respetados,
independientemente de su origen ancestral, riqueza o género. Cualquier
malvado que tratara de aprovecharse de alguno de sus conciudadanos, tendría que
lidiar con el mismo Dios, no solamente con los tribunales humanos ante los
cuales sería juzgado.
Aquí se explican los principios que los israelitas
debían seguir al tratar con el servicio de los bonos temporales en el caso de
los ciudadanos israelitas. El Señor previó que después del asentamiento
del pueblo hebreo en la Tierra Prometida, los tiempos de depresión económica
podrían afectar a Israel, ya fuera debido a las precipitaciones inadecuadas u a
otros desastres naturales. Debido a esta situación, los habitantes de
la clase trabajadora podrían encontrarse sin un centavo y necesitar
trabajar para un terrateniente más próspero. El Señor proporcionó un
estándar razonable y considerado que satisfaría las necesidades de los menos
afortunados. El trabajador ofrecería sus servicios, solamente por un
término de seis años, con la manumisión [dar la libertad a un esclavo]
dispuesta en el séptimo año del empleo. El trabajador no recibiría ningún
salario por su trabajo, pero se le proporcionaría comida, alojamiento y ropa
adecuada. Idealmente, él podría acumular algunos activos propios durante su
período de servicio y después de seis años estaría en libertad para buscar
trabajo en otro lugar.
Pero era posible que durante el período de seis años
se le permitiera casarse con una sirvienta que también trabajara para su amo, y
esto podría llevar a la adquisición de un niño o dos. Pero esto creaba un
nuevo problema ya que la manumisión de la esposa y sus hijos no estaba incluida
con la suya, ya que la esposa y los hijos aún pertenecerían a su amo, dejándolo
así en un estado de soltería no deseado. Por lo tanto, se le podría
otorgar la opción de volver a inscribirse en el servicio de su amo, perdiendo
entonces cualquier derecho a una futura emancipación.
La ceremonia que sellaba este compromiso se establecía
en dos aspectos: un compromiso voluntario de permanecer permanentemente al
servicio de su empleador y disfrutar de los beneficios de la vida matrimonial y
criar a los hijos en su hogar. Y una transacción oficial en la que el “esclavo”
debía colocar su oreja junto a la jamba de la puerta de la casa de su amo y
permitirle a él que le hiciera un agujero en la oreja con un punzón afilado.
Esto pudiera servirnos como un tipo del compromiso que
un verdadero creyente, ya sea hombre o mujer, debe hacer con una rendición
sincera de cuerpo y alma a la adoración y el servicio a nuestro amante
Redentor.
Las pautas para el tratamiento de una sirvienta, a
quien su padre hubiera vendido a un terrateniente más rico, se proporcionan en
estos versículos. Ella debía permanecer permanentemente en su puesto de
servicio mientras su “maestro” la encontrara satisfactoria. Sin
embargo, si él no estuviera satisfecho con su desempeño, podría dejarla ir a servir
a otro dueño, siempre que se pagara el precio del rescate. Pero no podía
expulsarla de su casa para que fuera a buscar empleo en otro lugar, ya que bajo
las condiciones culturales existentes había pocas o ninguna oportunidad de conseguir
un empleo honorable en el caso de las mujeres jóvenes que no tenían algún
dinero. Al “dueño” o maestro no se le permitiría, bajo alguna
circunstancia, venderla a un extranjero pagano porque ella era un miembro del
pueblo del pacto de (YHVH) Jehová.
En el caso de una esclava a quien el jefe de la familia
hubiera consentido en darla a su propio hijo como esposa (presumiblemente
porque ese hijo se había enamorado de ella), en ese caso debía tratar a la
joven como digna de respeto y consideración como si fuera su propia hija. En el
caso en el que el hijo luego decidiera casarse con otra mujer fuera de su hogar,
debía tratar tan cuidadosamente a la esposa, como a la nueva esposa, tanto en
lo que respecta a la comida y la vestimenta como a la del amor conyugal. Pero
si no se sintiera inclinado a hacerlo (tal vez bajo la presión de su segunda
esposa), debía dejar ir a la primera esposa, sin que ella tuviera que hacer
ningún pago por la manumisión. Aunque en nuestros días esto nos parece una
abominación, en aquella época los hombres podían tener más de una esposa. Basta
solo con recordar al rey Salomón.
En lo relativo a los crímenes con violencia, ya fuera
contra sus compatriotas o sus padres, primero el principio general que se
impuso a Noé después del Diluvio y que se establece en Génesis 9: 6 dice " El que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre será
derramada; porque a imagen de Dios es hecho el hombre. Lo
que equivale a decir: "El que hiera a un hombre para que muera, será ejecutado".
La pena capital por homicidio intencional fue decretada de Dios. Este es
el estándar que Él estableció para la preservación de la vida humana contra
aquellos que cometen asesinatos. La falta de seguir este principio ha generado
resultados nefastos en cada nación o región de la tierra donde la pena de “cadena
perpetua” se ha aplicado con el interés de agradar a las ideas del
"humanitarismo". El problema es que en la mayoría de las naciones de
Europa y del hemisferio occidental, cuando los asesinos son liberados de la
prisión después de un período de años en la cárcel, y al ser liberados en la
gran mayoría de los casos vuelven a cometer otros homicidios.
Hoy día este tema se debate mucho en nuestro país. Sin
entrar en detalles, considero que es una locura destronar a Dios en este asunto.
Hacerlo ha ocasionado en muchos casos la pérdida de muchas vidas, con
consecuencias mucho más graves de lo que hubiera sido si el mandato de Dios
hubiera sido obedecido. El aumento constante en las estadísticas de
homicidios es el castigo que estamos pagando por considerar como algo insignificante
a la santidad de la vida humana.
El asesinato en primer grado requería la pena de
muerte. Si el homicidio no hubiera sido intencional y fuera el resultado
de un accidente, entonces el asesino tendría derecho a huir a alguna “ciudad de
refugio designada”, donde estaría a salvo de la venganza del pariente masculino
más cercano del difunto (que era el llamado "pariente redentor"). La
evidencia de la intención criminal podría ser adjudicada ante un jurado de
ciudadanos locales de esa ciudad. Si el veredicto era favorable para el
fugitivo, y se descubría que era inocente en el asunto, entonces se esperaría
que permaneciera como residente en esa ciudad hasta la muerte del sumo
sacerdote que estaba ejerciendo el cargo cuando ocurrió la tragedia. Pero
si, por otro lado, el jurado descubría que en realidad había sido un asesinato intencional,
lo ejecutarían incluso si hubiera huido y se hubiera escondido en el altar del
Señor.
También se considera el asalto y la agresión contra
los padres como merecedores de la pena de muerte. La lesión al padre o a
la madre indicaba un rechazo total de los valores familiares y de la autoridad
de Dios mismo. Un hijo de Israel que hubiera tenido un resentimiento extremo
contra sus padres perdería toda pretensión de tener lealtad hacia Dios como el Padre
de Israel, el pueblo del Pacto y habría rechazado al Pacto mismo.
Se condenaba el delito de secuestro como una ofensa
capital, ya que implicaba una negación injusta de la libertad y la vida de la
víctima, de su familia, y también de Dios. Por lo tanto, debía ser
ejecutado por dejar a un lado la autoridad y la protección del Todopoderoso.
Se establecía una pena severa contra cualquiera que maldijere
o injuriara a sus padres. Un hijo o hija que reaccionara con tal impiedad
hacia el padre o la madre, sin importar cuán amargo hubiera sido el altercado
que pudo llevar a esa maldición, de hecho, había cortado todo título de
ciudadanía entre el pueblo de Dios y pisoteado la autoridad que el Señor le había
conferido a cada padre. Aunque no se hubiera producido ningún golpe, la
invocación de una maldición sobre aquellos que lo habían traído al mundo, equivalía
a una blasfemia cruel, llamando a la condenación sobre aquellos que lo habían
engendrado. Esto requería la pena de muerte, como una advertencia contra
las generaciones futuras de las consecuencias por renunciar al Pacto de Dios y por
cambiar su propio camino perverso, en detrimento de la comunidad de Israel.
También en el versículo 24 se cita la llamada “lex
talionis” (ley de represalia o recompensa) que establecía: "24ojo por ojo,
diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25
quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe ". En
la jurisprudencia del antiguo Cercano Oriente, esto fue una medida sobresaliente,
como una regulación estricta, y no como un legalismo (como hoy día comúnmente
se cree que es). Se limitaba la severidad de la retribución al valor equivalente
del daño provocado por el malhechor agresor.
En todas esas disposiciones, vemos que se debía
mantener un principio básico de equidad en toda la sociedad israelita, junto
con un espíritu de hermandad y consideración para mantener en la sociedad de un
pueblo santo.
Éxodo 22:1-31
1 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas. 2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. 3 Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. 4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble. 5 Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará. 6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado. 7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. 8 Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo. 9 En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo. 10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y éste muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado. 14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler. 16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes. 18 A la hechicera no dejarás que viva. 19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá. 20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto. 21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis. 23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos. 25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque sólo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso. 28 No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.
1 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas. 2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. 3 Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. 4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble. 5 Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará. 6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado. 7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. 8 Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo. 9 En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo. 10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y éste muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado. 14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. 15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler. 16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes. 18 A la hechicera no dejarás que viva. 19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá. 20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto. 21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis. 23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos. 25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.
26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. 27 Porque sólo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso. 28 No injuriarás a los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. 30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.
ANALIZANDO ESTE
PASAJE BÍBLICO:
Los primeros quince versículos del capítulo 22 proporcionan
pautas para tratar con el robo de animales y la deshonestidad en el asunto de
las finanzas. En una sociedad agrícola y pastoral como la del pueblo
de Israel, podría fácilmente ocurrir que un propietario tuviera la oportunidad
de irse de su casa por un viaje de negocios, o para visitar a los parientes en
otro lugar, o incluso para asistir a una reunión o un servicio religioso en el
santuario central (que normalmente estaba en Shiloh después de la conquista de
Canaán). En ese caso, sería conveniente encomendar el cuidado de su ganado
y ovejas a un buen amigo o vecino, especialmente si ninguno de sus hijos tuviera
la edad suficiente para asumir esa responsabilidad. El depositario entonces
asumiría la responsabilidad de cuidar el ganado confiado, y normalmente esto
significaría pastorearlos en su propia tierra.
Tuvo que establecerse un fuerte elemento de disuasión
para evitar el robo de ganado. Un robo de bueyes u ovejas daría lugar a
daños punitivos, es decir, tendría que pagar cinco bueyes por cada buey robado
y cuatro ovejas por cada cordero, oveja o carnero robado. Esa pena solo se
aplicaría si el ganado robado era sacrificado o vendido a un extraño. Pero
si el ladrón aún los tuviera vivos y sanos y pudiera restaurarlos a su legítimo
dueño, entonces se vería obligado a pagar solo el doble, ya fuera un buey, un
burro o una oveja.
Pero si el ladrón no podía hacer eso, tendría que ser
vendido como esclavo. No se menciona la duración de su esclavitud, pero se
puede suponer que la esclavitud perduraría hasta que el costo de los dos animales
fuera cubierto.
Si un agricultor le hubiera prestado un animal o un artículo
de su propiedad a otra persona, y resultara que se producía una pérdida o
lesión, entonces él debería reemplazar lo perdido con una propiedad
equivalente.
Cualquier hombre que violara a una virgen tenía la
obligación de casarse con ella, llevarla a su casa como su esposa, honrarla (a
menos que ya hubiera sido violada por otro hombre) y proporcionarle una dote
completa ante su padre. Pero si el padre no estaba dispuesto a aceptar al
fornicario como su yerno, entonces podría prohibir el matrimonio. Pero el
padre todavía tenía derecho a recibir la dote
del violador del honor de su hija
como compensación
El pecado de la hechicería o la brujería se refiere a
las prácticas de adivinación oculta, como hacían el Faraón y los reyes caldeos
de Babilonia, como Nabucodonosor. Esos personajes adoraban a dioses falsos, y transgredían
así los mandamientos primero y segundo del Decálogo. Para un israelita
recurrir a esos brujos equivalía a cometer una violación del Pacto con Dios.
La bestialidad (relación sexual con un animal) se
convirtió en un crimen capital en la Biblia, y quienes la practicaban debían
ser ejecutados. La dura sentencia de muerte fue impuesta para cualquiera que se
aventurara a seguir las costumbres de los paganos en el territorio conquistado
por Israel.
Se aplicaría la pena de muerte para cualquier hebreo
que hiciera sacrificios a cualquier otro dios, excepto YHVH (Jehová). En
años posteriores, después de la muerte de Josué, como se narra en el Libro de
los Jueces, la adoración de los dioses falsos llevó repetidamente a la caída y
la humillación de las doce tribus de Israel. La idolatría, la adoración de
cualquier otra persona o cosa que no sea la adoración de Dios mismo, se
encuentra en la raíz de todos los demás pecados. Solo cuando Israel impuso
la sanción severa contra la idolatría, prosperó y tuvo éxito en su historia
posterior. Los israelitas nunca debían olvidar que durante cuatro siglos fueron
forasteros en una tierra extranjera, y fueron víctimas de la injusticia y la
opresión bajo el faraón egipcio.
Después de conquistar la tierra de Canaán y
establecerse en la Tierra Santa, debían recordar siempre que no eran más que
mayordomos, por la gracia de Dios. Luego Moisés les encargó
que representaran la santidad y el amor del único Dios verdadero, con quien
habían entrado en un pacto de fidelidad al Señor, que los había
redimido.
La hospitalidad y la cortesía hacia los no israelitas
que vivían con ellos eran características de su comportamiento y política
durante toda su historia como nación. Se hizo mucho hincapié en la
compasión y la consideración tierna para los ciudadanos desfavorecidos de la
comunidad de Israel. Aquí la atención se centraba en las viudas y los huérfanos,
ya que, en esa estructura social, el liderazgo y el apoyo de la familia recayeron
en el padre y el esposo.
Al pueblo hebreo se le recordó que todo lo
que cosechaban de la tierra era un don de YHVH, a quien se les debían sus
diezmos y ofrendas como ciudadanos de la tierra que Él estaba a punto de darles
en Canaán. No debían pensar en estos territorios como una conquista que
ganarían para sí mismos por su destreza en la guerra, sino más bien como un
regalo que les había confiado el Dios que les daría toda conquista y triunfo
que alcanzarían bajo el liderazgo de Josué. Por lo tanto, los diezmos
dedicados al Señor, que en su mayoría estaban destinados a la tribu sacerdotal
de Leví (a quienes nunca se les otorgaría ninguna propiedad tribal) debían ser
pagados fielmente por cada una de las doce tribus, pero con una
preocupación humanitaria, a los animales recién nacidos que eran adecuados para
ser ofrecidos como ofrendas al Señor, se les permitía ser alimentados por sus
madres durante una semana.
Éxodo 23:1-9
1 No admitirás falso rumor. No te concertarás con el impío para ser testigo falso. 2 No seguirás a los muchos para hacer mal, ni responderás en litigio inclinándote a los más para hacer agravios; 3 ni al pobre distinguirás en su causa. 4 Si encontrares el buey de tu enemigo o su asno extraviado, vuelve a llevárselo.
5 Si vieres el asno del que te aborrece caído debajo de su carga, ¿le dejarás sin ayuda? Antes bien le ayudarás a levantarlo. 6 No pervertirás el derecho de tu mendigo en su pleito. 7 De palabra de mentira te alejarás, y no matarás al inocente y justo; porque yo no justificaré al impío. 8 No recibirás presente; porque el presente ciega a los que ven, y pervierte las palabras de los justos.
9 Y no angustiarás al extranjero; porque vosotros sabéis cómo es el alma del extranjero, ya que extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto.
1 No admitirás falso rumor. No te concertarás con el impío para ser testigo falso. 2 No seguirás a los muchos para hacer mal, ni responderás en litigio inclinándote a los más para hacer agravios; 3 ni al pobre distinguirás en su causa. 4 Si encontrares el buey de tu enemigo o su asno extraviado, vuelve a llevárselo.
5 Si vieres el asno del que te aborrece caído debajo de su carga, ¿le dejarás sin ayuda? Antes bien le ayudarás a levantarlo. 6 No pervertirás el derecho de tu mendigo en su pleito. 7 De palabra de mentira te alejarás, y no matarás al inocente y justo; porque yo no justificaré al impío. 8 No recibirás presente; porque el presente ciega a los que ven, y pervierte las palabras de los justos.
9 Y no angustiarás al extranjero; porque vosotros sabéis cómo es el alma del extranjero, ya que extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto.
ANALIZANDO ESTE
PASAJE BÍBLICO:
Este capítulo trata principalmente con las
relaciones interpersonales entre los miembros de la comunidad del pacto. En
todos sus tratos, entre ellos, debían ser escrupulosamente honestos y justos y
evitar por completo la falta de amabilidad y la mala voluntad en sus negocios y
en su vida social. El principio básico que subyace a estos requisitos específicos es el compromiso con la ayuda mutua, la cortesía y el respeto que debe caracterizar a un pueblo santo. En otras palabras, debían recordar que toda falta de amabilidad o engaño hacia un israelita era un asunto que involucraba a Dios, y ante quien ellos eran responsables. Cada acto de maldad u hostilidad antipática provocaría la ira de Dios sobre el ofensor. Perdería la bondad y el favor del Señor de Israel, quien seguramente trataría con los violadores de una manera mucho más seria que un simple litigio ante un tribunal humano. Dios no confía en el testimonio humano cuando la mezquindad o la deshonestidad son practicadas por un conciudadano. Dios conoce todos los hechos en cada caso y conoce muy bien los motivos básicos detrás del tratamiento poco amable de la reputación de un conciudadano, y abomina la malicia en el corazón de cualquier creyente.
PARA REFLEXIONAR:
¿Cómo la oración de Jesús por Sus
discípulos y por nosotros se relaciona con este nuevo mandamiento?
REFLEXIÓN PERSONAL:
¿Hay alguna persona con la cual no te llevas
bien?
¿Cuándo fue la última vez que oraste
por ella?
¿Cuál fue tu oración por esa persona?
¿Has considerado que tal vez tú seas
parte del problema?
¿Has considerado que tu pudieras ser
la solución del problema?
¿Cuándo fue la última vez que alguien
te criticó?
¿Cuándo fue la última vez que tu
criticaste a alguien?
¿Crees que sientes amor por aquellas
personas que no te caen bien?
¿Qué pudieras hacer para amarlas?
¿Has pensado que amar a nuestros
semejantes es un mandato, no una sugerencia?
¿Te sientes culpable por haber
cometido algún delito, aunque nadie lo sepa?
¿Te sientes culpable por haber violado
alguna ley?
¿Qué consideras que debes hacer al
respecto?
¿Qué enseña la Biblia sobre ese
asunto?
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Oscar